En Colombia, la sociedad patrimonial de hecho es una figura jurídica que surge entre compañeros permanentes cuando cumplen ciertos requisitos establecidos por la ley. Esta sociedad puede llegar a desaparecer por diferentes causales legales, lo que implica la disolución de los bienes adquiridos en común. Comprender cuándo y cómo desaparece esta figura es fundamental para proteger su patrimonio y evitar conflictos legales.
¿Qué es la sociedad patrimonial de hecho?
La sociedad patrimonial de hecho se configura entre dos personas que han convivido como compañeros permanentes durante un período mínimo de dos años, sin estar casadas. Surge de manera automática si durante ese tiempo se han adquirido bienes producto del trabajo y esfuerzo conjunto. Esta figura se reconoce para proteger los derechos patrimoniales de cada uno de los miembros de la unión.
Causales legales para la disolución de la sociedad patrimonial de hecho
En Colombia, la desaparición o disolución de esta sociedad puede darse por diversas razones legales. A continuación, se explican las principales:
1. Terminación de la convivencia
Cuando los compañeros permanentes dejan de vivir juntos de manera estable y permanente, cesa también el vínculo económico entre ellos. El cese de la convivencia es una causal clara de disolución de la sociedad patrimonial.
2. Matrimonio de alguno de los compañeros
Si uno de los compañeros se casa legalmente con otra persona, se considera automáticamente disuelta la sociedad patrimonial con el anterior compañero, ya que el matrimonio tiene efectos jurídicos superiores y exclusivos.
3. Muerte de uno de los compañeros
El fallecimiento de uno de los compañeros permanentes también es una causal de terminación. En ese caso, el sobreviviente puede solicitar la liquidación de la sociedad patrimonial para reclamar su parte del patrimonio común.
4. Declaración judicial
La disolución puede ser solicitada judicialmente cuando exista conflicto entre las partes o si uno de los compañeros desea hacer valer sus derechos. En estos casos, un juez determinará si se configura la sociedad patrimonial y ordenará su liquidación.
5. Mutuo acuerdo
Si ambas partes reconocen que existió la sociedad patrimonial y están de acuerdo en disolverla y repartir los bienes adquiridos en común, pueden acudir a una notaría y firmar una escritura pública para su liquidación.
¿Qué ocurre con los bienes después de la disolución?
Una vez disuelta la sociedad patrimonial, se debe hacer un proceso de liquidación para dividir los bienes en partes iguales, salvo que se pruebe una contribución desigual. Si hay desacuerdo en la división, se debe acudir ante un juez de familia.
Es importante recalcar que la disolución no ocurre automáticamente en todos los casos. Muchas veces será necesario adelantar un proceso legal o notarial para formalizarla y proteger los derechos patrimoniales de ambas partes.
La sociedad patrimonial de hecho no es indefinida ni automática en su disolución. Conocer las causales legales que dan fin a esta figura es esencial para evitar conflictos patrimoniales y garantizar una distribución justa de los bienes. Si usted se encuentra en una unión marital de hecho y tiene dudas sobre sus derechos patrimoniales, acuda a un abogado especializado para recibir asesoría oportuna.
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