El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo legal mensual vigente para 2026 en $1.750.905, equivalente a un incremento del 23% frente al año anterior.
La decisión se adoptó dentro de varios procesos de nulidad acumulados contra dicho decreto y tiene efectos inmediatos mientras se profiere sentencia definitiva.
¿Por qué se suspendió el decreto del salario mínimo 2026?
El alto tribunal consideró que, en esta etapa cautelar, existe una posible infracción del artículo 8 de la Ley 278 de 1996, norma que regula los criterios para fijar el salario mínimo cuando no hay acuerdo en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.
Según el auto, aunque el Gobierno enunció los parámetros legales —como inflación, productividad, meta de inflación, contribución salarial al ingreso nacional y crecimiento del PIB—, no explicó de forma clara y verificable la incidencia concreta de cada uno en el incremento del 23%.
El Consejo de Estado advirtió que el decreto fundamentó principalmente el aumento en el concepto de “salario vital” y en la existencia de una “brecha de suficiencia material”, lo que, de manera preliminar, podría implicar la sustitución de los criterios expresamente establecidos por la ley.
Falta de motivación suficiente
La providencia recuerda que, cuando el Gobierno fija el salario mínimo de forma unilateral, la exigencia de motivación es reforzada. Es decir, debe justificar con claridad:
- Cómo se valoró cada criterio legal.
- Qué peso tuvo cada variable económica.
- Cómo se llegó al porcentaje final adoptado.
En este caso, el Consejo de Estado encontró que el 23% se justificó directamente en la brecha frente al llamado salario vital, sin evidenciar cómo los parámetros legales influyeron en la cifra concreta.
¿Qué ordenó el Consejo de Estado?
Además de suspender provisionalmente el decreto, el despacho ordenó al Gobierno Nacional fijar de manera transitoria un nuevo porcentaje de ajuste para el salario mínimo 2026, con el fin de evitar inseguridad jurídica y garantizar el principio de movilidad salarial, mientras se resuelve de fondo la demanda.
Es importante aclarar que esta decisión no constituye un fallo definitivo, sino una medida cautelar para proteger el orden jurídico mientras se adelanta el proceso de nulidad.
Impacto jurídico y económico
La suspensión del decreto tiene implicaciones relevantes en materia laboral, contractual, pensional y presupuestal, tanto para empleadores como para trabajadores y entidades públicas.
Este caso pone de relieve la importancia del cumplimiento estricto de los criterios legales en la fijación del salario mínimo en Colombia, así como la necesidad de una motivación técnica, clara y verificable cuando el Ejecutivo ejerce su facultad subsidiaria.
Si usted es empleador, trabajador o tiene obligaciones indexadas al salario mínimo, es fundamental contar con asesoría jurídica especializada para entender el alcance de esta decisión y sus efectos prácticos.
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