Con la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, el Ministerio del Trabajo en Colombia ha anunciado mediante la Circular 0093 un cambio clave en la forma en que trabajadores y empleadores pueden realizar sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. Esta reforma laboral permite cotizar por períodos inferiores a un mes, facilitando la inclusión de trabajadores con ingresos bajos o empleos parciales.
¿A quiénes beneficia esta reforma?
Esta nueva posibilidad de cotización está dirigida principalmente a:
- Trabajadores dependientes con contratos por días o semanas.
- Trabajadores independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente (smlmv).
- Empleadores que contratan personal por tiempo parcial.
- Administradoras del sistema general de pensiones y cajas de compensación.
Este esquema busca proteger a quienes no tienen empleos de tiempo completo ni ingresos suficientes para cotizar por el mes completo.
Así funciona la nueva cotización flexible
Los aportes a pensión, riesgos laborales y caja de compensación ahora se podrán hacer con base en el número de días trabajados al mes, así:
| Días trabajados | Semanas cotizadas | Base de cotización |
|---|---|---|
| 1 a 7 días | 1 semana | 1/4 de un smlmv |
| 8 a 14 días | 2 semanas | 1/2 de un smlmv |
| 15 a 21 días | 3 semanas | 3/4 de un smlmv |
| 22 a 30 días | 4 semanas | 1 smlmv completo |
Para esto, en la plataforma PILA se debe seleccionar el tipo de cotizante “51 - Trabajador de tiempo parcial”. La cotización al Sistema General de Riesgos Laborales, sin embargo, seguirá realizándose por el periodo mensual completo.
¿Qué pasa con el sistema de salud?
Los trabajadores con cotización parcial podrán continuar afiliados al régimen subsidiado o como beneficiarios en otros regímenes (contributivo, especial o exceptuado), lo que garantiza el acceso a servicios de salud sin interrupciones.
Un paso hacia el trabajo digno y formal
Este esquema armoniza con la Ley 2381 de 2024 y refuerza el compromiso del gobierno con la formalización del empleo y el trabajo digno. El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud están coordinando para adecuar la PILA a estas nuevas disposiciones.
¿Qué deben hacer los empleadores y entidades?
Las entidades del sistema (administradoras, operadores de información, empleadores, etc.) están llamadas a implementar y promover activamente este modelo, garantizando su uso adecuado y evitando vacíos de protección social en trabajadores con jornadas reducidas.
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Jimmy Jiménez
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