La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró fundada la acción de revisión presentada contra las decisiones que habían precluido la investigación por el homicidio agravado de Nydia Erika Bautista. Como consecuencia, dejó sin efectos las resoluciones de 2004 y 2006 y ordenó remitir el expediente a la Fiscalía General de la Nación para que continúe con la investigación.
¿Qué decidió la Corte?
La decisión concluyó que se cumplen los requisitos para revisar una providencia ejecutoriada, al tratarse de un caso relacionado con graves violaciones a los derechos humanos. La Corte analizó la existencia de un pronunciamiento internacional que constató el incumplimiento del deber del Estado de investigar de manera seria e imparcial estos hechos y consideró que ello permite remover la decisión de preclusión.
Nuevos elementos considerados
La sentencia explica que, además del pronunciamiento internacional, existen pruebas y elementos obtenidos con posterioridad a la preclusión que, de haber sido conocidos oportunamente, habrían permitido continuar la investigación. La Corte aclaró que esta decisión no determina la responsabilidad penal de las personas investigadas, sino que restablece la posibilidad de que la Fiscalía adelante una investigación completa conforme a los estándares aplicables.
Importancia de la decisión
El fallo resalta que, en casos de presuntas violaciones a los derechos humanos, la acción de revisión puede proceder cuando se demuestra que el Estado incumplió su deber de investigar eficazmente. También reitera que el objetivo es garantizar el acceso a la verdad y a la justicia, sin anticipar un juicio sobre la responsabilidad de los involucrados.
¿Qué sigue?
La Corte ordenó devolver el expediente a la Fiscalía General de la Nación para que continúe la actuación correspondiente y prosiga la investigación desde la etapa indicada en la sentencia.
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