La cuota alimentaria en Colombia puede ser modificada cuando cambian las condiciones económicas de quien la paga o de quien la recibe. En el año 2026, muchas madres y padres que cumplen con esta obligación se preguntan si deben solicitar un ajuste por el aumento del salario mínimo legal vigente (SMLV). A partir del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, ya se conoce que el salario mínimo para 2026 tuvo un incremento del 23 %, y el Índice de Precios al Consumidor (IPC) se fijó en 5,10 %. Con base en estas cifras, es posible determinar en qué casos y cómo puede solicitarse un aumento de la cuota alimentaria de forma legal y sustentada.
Fundamento legal para modificar la cuota
El artículo 129 del Código de Infancia y Adolescencia establece que las cuotas alimentarias pueden ser aumentadas, disminuidas o exoneradas cuando exista una variación significativa en las circunstancias económicas de las partes o en las necesidades del menor. Esta disposición se aplica tanto si se trata de un aumento por mejora en los ingresos, como en situaciones de reducción por pérdida de empleo o disminución en los ingresos.
¿Cuándo se puede solicitar el aumento?
El aumento puede solicitarse en cualquier momento, siempre que se cuente con una justificación válida. El incremento del salario mínimo es una de las razones más comunes, especialmente cuando la cuota alimentaria se fijó tomando como referencia un valor equivalente al SMLV.
Ejemplo práctico: Si en 2025 se acordó una cuota alimentaria equivalente a 1 salario mínimo ($1.300.000), para 2026 ese valor debería ajustarse al nuevo salario mínimo, que con el 23 % de aumento, asciende a $1.599.000. En este caso, el reajuste debe solicitarse expresamente ante la autoridad correspondiente, pues no se aplica de forma automática.
Si la cuota fue pactada en un valor fijo en pesos y no atada al salario mínimo, el aumento no se calcula sobre el 23 %, sino que debe aplicarse el IPC del 5,10 % para el reajuste anual, salvo que se justifique un cambio económico más profundo en las condiciones del alimentante o en las necesidades del menor.
Procedimiento para solicitar el aumento
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Solicitud ante comisaría o juzgado:
La parte interesada debe presentar una solicitud de modificación de cuota ante la Comisaría de Familia, Defensoría del Pueblo o directamente ante el Juez de Familia, dependiendo de dónde se haya establecido la cuota originalmente. -
Aportar pruebas:
Es indispensable demostrar el cambio económico. Esto puede incluir:
- Desprendibles de pago actualizados.
- Certificaciones laborales.
- Constancias médicas o educativas del menor.
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Audiencia de conciliación o decisión judicial:
- Si se acude a una comisaría o defensoría, se convocará a audiencia de conciliación.
- Si no hay acuerdo, el caso se remite a un juez de familia.
- Si se tramita directamente ante el juzgado, el juez evaluará las pruebas y decidirá si procede el aumento.
¿Cómo se calcula la nueva cuota?
El cálculo no responde a un porcentaje automático del salario mínimo. El juez o conciliador evalúa:
- La capacidad económica actual de ambos padres.
- Las necesidades reales del menor, como salud, educación, alimentación y recreación.
- El nivel de vida previo del menor.
- Las obligaciones económicas de cada progenitor, incluyendo otros hijos o deudas.
Si el alimentante recibió un aumento salarial en 2026, ya sea por el incremento del salario mínimo o por ascenso laboral, y si el menor requiere mayores recursos, esto puede justificar el reajuste.
Importancia de actuar legalmente
Modificar la cuota sin autorización judicial o administrativa puede generar consecuencias legales graves, como procesos ejecutivos, embargos o anotaciones en centrales de riesgo por incumplimiento de obligaciones alimentarias. Si su situación económica ha cambiado y considera necesario ajustar la cuota alimentaria, lo más seguro es hacerlo por la vía legal y con asesoría profesional.
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Jimmy Jiménez
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