La custodia de menores y el régimen de visitas son temas clave en los procesos de separación o divorcio cuando hay hijos en común. En Colombia, estos asuntos están regulados para garantizar el interés superior del menor y promover el respeto mutuo entre los padres, incluso cuando la relación entre ellos ha terminado.
¿Qué es la custodia de menores?
La custodia es la facultad que tiene uno o ambos padres para encargarse del cuidado, crianza y educación de sus hijos. En Colombia, existen dos tipos de custodia:
- Custodia compartida: Ambos padres ejercen la custodia de manera equitativa, aunque el menor viva con uno de ellos.
- Custodia exclusiva: Uno de los padres queda a cargo del menor, mientras el otro tiene derecho a un régimen de visitas.
Contrario a lo que muchos creen, la custodia no se otorga automáticamente a la madre. Los jueces o conciliadores evalúan el entorno, la estabilidad emocional y económica, y la disposición de cada padre para garantizar el bienestar del niño.
¿Cómo se fija la custodia?
El procedimiento puede ser de mutuo acuerdo o mediante decisión judicial:
- Acuerdo mutuo: Los padres pueden acudir a una comisaría de familia, defensoría del pueblo, notaría o centro de conciliación para establecer un acuerdo sobre custodia y visitas. Este acuerdo tiene plena validez legal si es aprobado por un funcionario competente.
- Decisión judicial: Si no hay acuerdo, cualquiera de los padres puede presentar una demanda ante un juez de familia, quien decidirá con base en pruebas y entrevistas con los menores si es necesario.
Régimen de visitas
El régimen de visitas permite que el progenitor que no tiene la custodia mantenga una relación activa con su hijo. Este régimen puede incluir:
- Visitas semanales o quincenales
- Tiempo en vacaciones escolares
- Comunicaciones virtuales
Es importante aclarar que el régimen de visitas no es opcional: si hay un acuerdo o una orden judicial, debe cumplirse. Impedir las visitas puede traer consecuencias legales, como sanciones o la modificación de la custodia.
¿Puede modificarse la custodia?
Sí. La custodia puede cambiar si se demuestra que el padre o madre custodio no está garantizando el bienestar del menor. También puede modificarse el régimen de visitas cuando hay incumplimientos reiterados o situaciones que afecten la estabilidad del niño.
Recomendaciones legales
- Siempre que sea posible, priorice los acuerdos amigables y documentados.
- No involucre al menor en conflictos entre adultos.
- Si necesita modificar el acuerdo, hágalo legalmente, no por la vía de hecho.
- Busque asesoría profesional para asegurar el respeto de sus derechos y los de su hijo.
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Jimmy Jiménez
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