En Colombia, el derecho de los menores de edad a recibir herencia está protegido por la Constitución y el Código Civil. Sin embargo, la administración de sus bienes requiere una vigilancia especial para evitar abusos o decisiones contrarias a sus intereses. Por eso, cuando un menor hereda, su patrimonio entra en una figura de protección legal que impide que cualquier adulto —incluidos los padres— pueda disponer libremente de esos bienes sin autorización judicial.
¿Cómo se garantiza que el menor reciba su parte justa?
Según la ley colombiana, los hijos —sean mayores o menores de edad— son herederos forzosos. Esto significa que tienen derecho a una porción legítima de la herencia, incluso si no son mencionados expresamente en el testamento. En caso de que se intente excluirlos o reducir injustificadamente su parte, esta disposición puede ser impugnada por vía judicial.
Cuando hay un testamento, el testador debe respetar la porción con la que no puede disponer libremente: es decir, la legítima, que se divide entre los herederos forzosos. Si no hay testamento, la ley establece un orden de sucesión que prioriza a los hijos, incluyendo a los menores, sobre otros parientes.
¿Quién administra la herencia de un menor?
Los bienes heredados por un menor deben ser administrados por su representante legal, generalmente el padre o madre que ejerce la patria potestad. No obstante, para vender, hipotecar o disponer de estos bienes se necesita autorización judicial previa. Esta medida protege el patrimonio del menor y evita decisiones que puedan afectarlo negativamente en el futuro.
En casos en los que los padres no puedan o no deban ejercer esta función, el juez puede designar un curador especial que represente exclusivamente los intereses del menor respecto a la herencia.
¿Cómo hacer un testamento pensando en menores?
Hacer un testamento es una herramienta poderosa para garantizar la protección de los hijos menores. En él se puede designar un tutor, establecer reglas claras sobre la administración de los bienes heredados y dejar instrucciones específicas para su cuidado. Para que tenga validez, debe cumplir con los requisitos del Código Civil y puede ser abierto o cerrado, siempre con firma ante notario y testigos según el caso.
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Jimmy Jiménez
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