En Colombia, el proceso de adopción está regulado principalmente por el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006) artículo 64, el cual establece con claridad las consecuencias legales de este acto jurídico. Uno de los aspectos más consultados por adoptantes y adoptados es si persisten deberes hacia la familia biológica luego de completada la adopción.
La adopción extingue los vínculos legales con la familia biológica
El artículo 64 de la Ley 1098 de 2006 establece que la adopción crea un vínculo legal equivalente al de la filiación por naturaleza. Esto significa que, desde el punto de vista jurídico, el adoptado pasa a formar parte plena de la familia adoptante. Como consecuencia directa, se extinguen los derechos y deberes con la familia biológica, incluyendo temas de alimentos, herencia, representación legal, patria potestad y demás relaciones familiares.
Por lo tanto, una vez concluido el proceso de adopción legal, el hijo adoptado no tiene ningún deber u obligación legal hacia su familia de origen. Tampoco están obligados los padres biológicos a cumplir deberes hacia el menor. La adopción es un acto irreversible que se otorga en interés superior del niño, niña o adolescente, y su objetivo es garantizar un entorno familiar estable y permanente.
¿Qué pasa con los vínculos afectivos?
Aunque la ley disuelve los vínculos jurídicos, los lazos afectivos no siempre desaparecen, especialmente si el menor tiene edad suficiente para recordar a su familia biológica. En algunos casos excepcionales, las autoridades pueden permitir que se mantenga un contacto supervisado, siempre y cuando no interfiera con la estabilidad emocional del niño y sea en su beneficio. Sin embargo, este contacto no genera derechos ni deberes legales.
Casos especiales: adopciones abiertas
En Colombia la figura de la “adopción abierta”, donde hay acuerdos entre adoptantes y familia biológica para mantener contacto, no tiene respaldo jurídico en el sistema colombiano. Todo acuerdo de esta índole es informal y no puede exigirse ante una autoridad judicial.
Un hijo adoptado en Colombia no tiene deberes legales con su familia biológica. La adopción implica la ruptura total de los lazos jurídicos con la familia de origen y la creación de una nueva relación familiar plena con los adoptantes. Cualquier relación posterior con la familia biológica será estrictamente afectiva y no tendrá implicaciones legales.
En INTEGRITY LEGAL somos abogados en Colombia y Miami, expertos en derecho de familia. Si estás considerando un proceso de adopción o tienes dudas legales al respecto, contáctanos para una asesoría especializada.
SI TIENES DUDAS O NECESITAS AYUDA CON ASUNTOS RELACIONADOS CON DERECHO DE FAMILIA, CONTACTA CON NUESTRO BUFETE DE ABOGADOS DE FAMILIA
Nuestro compromiso y la garantía para ti, es la experiencia, profesionalismo y el buen nombre de nuestros abogados, destacados por su alto nivel de conocimientos, pero además, por la calidad humana que destacan todos nuestros clientes. Te acompañaremos hasta tener un resultado final y siempre atenderemos tus necesidades para llegar al mejor resultado posible.
Contacta con uno de nuestros abogados especialistas en derecho de familia hoy mismo, o déjanos tus datos para llamarte o escribirte de inmediato.
Somos el Bufete de Abogados INTEGRITY LEGAL, especialistas en Derecho de Familia y otras áreas del derecho.
Algunas de nuestras intervenciones en medios de comunicación:
ENTREVISTA W RADIO: https://cutt.ly/WRadio
ENTREVISTA NOTICIAS CARACOL: https://cutt.ly/CaracolTV
ENTREVISTA CANAL RCN: https://cutt.ly/CanalRCN
Jimmy Jiménez
Abogado Especialista
Bufete de Abogados – INTEGRITY LEGAL
Cel. – WhatsApp: 350 500 1559 - 316 494 0000
USA – New York City Phone: +17743341010
www.abogadosdefamiliacolombia.com
www.integritylegal.co