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Jimmy Jiménez
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Qué ocurre con bienes gananciales y sociedades patrimoniales al morir
Qué ocurre con bienes gananciales y sociedades patrimoniales al morir

Publicado el: 2 de diciembre de 2025

Qué ocurre con bienes gananciales y sociedades patrimoniales al morir


Integrity Legal

Jimmy Jiménez

En nuestro despacho Integrity Legal; contamos con especialistas, en todas las áreas del derecho, por lo cual podemos brindarte un servicio confiable y de gran calidad humana, atendiendo todos los inconvenientes que se puedan presentar en el diario vivir..


Qué ocurre con bienes gananciales y sociedades patrimoniales al morir

En Colombia, el fallecimiento de uno de los cónyuges o compañeros permanentes implica la disolución inmediata de la sociedad conyugal o sociedad patrimonial, según corresponda. Este evento marca el inicio de un proceso legal y patrimonial que define la forma en que se reparten los bienes acumulados durante la unión. Entender cómo se manejan los bienes gananciales y el patrimonio común al momento del fallecimiento es esencial para evitar conflictos y asegurar el cumplimiento de los derechos de los herederos.

Disolución de la sociedad conyugal o patrimonial

Cuando una persona casada o en unión marital de hecho muere, la sociedad conyugal (si hubo matrimonio civil) o la sociedad patrimonial (si existía una unión marital formalmente reconocida) se disuelve automáticamente. Esto significa que los bienes adquiridos durante la convivencia, considerados gananciales, deben ser liquidados.

Antes de iniciar el proceso de sucesión, se debe realizar una liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial. Esta etapa consiste en dividir en partes iguales los bienes comunes entre el cónyuge sobreviviente y el caudal hereditario del fallecido. Una vez liquidada la sociedad, se pasa a repartir la herencia entre los herederos legítimos o testamentarios.

¿Qué son los bienes gananciales?

Son aquellos bienes adquiridos durante la vigencia de la sociedad conyugal o patrimonial, sin importar quién de los dos aportó los recursos. Incluyen ingresos por salarios, propiedades compradas en común, frutos civiles y naturales de bienes comunes, entre otros. Es importante diferenciar estos bienes de los bienes propios, que no entran en la liquidación y corresponden únicamente al cónyuge que los poseía.

Repartición de la herencia

Una vez disuelta y liquidada la sociedad conyugal o patrimonial, se define el caudal hereditario. Este se compone de los bienes propios del fallecido más la mitad de los gananciales. La herencia se reparte entre los herederos según el orden establecido en el Código Civil Colombiano: descendientes, ascendientes, cónyuge sobreviviente, y colaterales, en ese orden.

Si existe un testamento válido, este regirá la distribución, respetando la porción mínima que por ley corresponde a los herederos forzosos. En caso de no haber testamento, se aplicará la sucesión intestada.

Derecho del cónyuge sobreviviente

El cónyuge o compañero permanente tiene derecho a recibir su parte en la liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial y además participa en la sucesión como heredero. El porcentaje que recibe en la herencia depende de con quiénes concurra, por ejemplo, con hijos o padres del fallecido.

En ausencia de hijos o padres, el cónyuge puede recibir hasta la totalidad de la herencia. Además, si convivieron por más de cinco años y la unión fue declarada judicial o notarialmente, el compañero permanente tiene los mismos derechos del cónyuge civilmente casado.

La muerte de uno de los miembros de una unión conyugal o marital genera efectos legales inmediatos sobre los bienes compartidos. La correcta disolución y liquidación de la sociedad patrimonial es clave para garantizar que los derechos del cónyuge sobreviviente y de los herederos se respeten conforme a la ley colombiana. Es recomendable contar con asesoría legal para adelantar estos procesos de forma adecuada y evitar futuras disputas familiares.

En INTEGRITY LEGAL, somos abogados en Colombia y en Miami especializados en derecho de familia y sucesiones. Te acompañamos con transparencia y profesionalismo en estos momentos decisivos.

 

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Información Adicional

Concepto Descripción + Info
Sociedad conyugal o patrimonial Unión económica que se forma por el matrimonio o unión marital de hecho. + Info
Disolución por fallecimiento Al morir uno de los cónyuges, la sociedad se disuelve automáticamente. + Info
Bienes gananciales Bienes adquiridos durante la unión que se reparten por mitades. + Info
Liquidación de la sociedad Proceso de división de bienes comunes entre el cónyuge sobreviviente y herederos. + Info
Herencia o sucesión Reparto de los bienes del fallecido según testamento o reglas de sucesión intestada. + Info
Cónyuge o compañero sobreviviente Tiene derecho a su parte de gananciales y a participar como heredero. + Info
Bienes propios del fallecido No se dividen con el cónyuge; entran directamente a la herencia. + Info
Declaración de unión marital de hecho Requisito para que el compañero permanente tenga derechos sucesorales. + Info

Preguntas Frecuentes

Se disuelve automáticamente y debe liquidarse antes de iniciar la sucesión.

Sí, pero el porcentaje varía según si hay hijos, padres u otros herederos.

Si la unión fue declarada, el compañero permanente tiene los mismos derechos del cónyuge.

No, primero debe liquidarse la sociedad para determinar el caudal hereditario.

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