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Régimen de visitas y vacaciones: cómo acordar los tiempos
Régimen de visitas y vacaciones: cómo acordar los tiempos

Publicado el: 7 de noviembre de 2025

Régimen de visitas y vacaciones: cómo acordar los tiempos


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Jimmy Jiménez

En nuestro despacho Integrity Legal; contamos con especialistas, en todas las áreas del derecho, por lo cual podemos brindarte un servicio confiable y de gran calidad humana, atendiendo todos los inconvenientes que se puedan presentar en el diario vivir..


Régimen de visitas y vacaciones: cómo acordar los tiempos

En Colombia, el régimen de visitas es el acuerdo legal mediante el cual se establecen los tiempos y condiciones en que el padre o madre que no convive con su hijo menor de edad puede compartir con él. Este régimen busca garantizar el derecho del menor a mantener una relación cercana y constante con ambos progenitores, aún en contextos de separación o divorcio.

¿Quién define el régimen de visitas?

El régimen de visitas puede ser acordado directamente por los padres mediante conciliación ante un centro de conciliación, comisaría de familia o notaría. Si no se logra un acuerdo, un juez de familia debe establecerlo mediante una sentencia. El objetivo es siempre priorizar el interés superior del menor, teniendo en cuenta su bienestar emocional, entorno social y rutina educativa.

¿Cómo se acuerdan los tiempos?

Los tiempos de visita deben ser claros y específicos. Generalmente incluyen:

  • Visitas semanales (fines de semana o días entre semana).
  • Comunicación telefónica o virtual.
  • Participación en eventos escolares o familiares.
  • Alternancia en fechas especiales como cumpleaños, Día del Padre o Día de la Madre.

En cuanto a las vacaciones escolares, es común que se repartan equitativamente entre los padres, dividiendo los períodos vacacionales por mitades o turnos rotativos, siempre respetando los derechos del menor.

Vacaciones: ¿cómo se manejan?

Durante las vacaciones, el régimen puede flexibilizarse para permitir estadías más largas con el padre o madre que no convive habitualmente con el menor. Es recomendable dejar por escrito el acuerdo, especificando:

  • Duración de la estadía.
  • Lugar donde estará el menor.
  • Medio de transporte y responsables del traslado.
  • Posibilidad de comunicación con el otro progenitor.

Si uno de los padres desea viajar al exterior con el menor durante las vacaciones, se requiere el permiso notariado del otro progenitor o autorización judicial.

¿Qué pasa si no se cumple el régimen de visitas?

El incumplimiento del régimen de visitas puede generar sanciones legales, incluyendo multas e incluso pérdida de la custodia. Si uno de los padres impide reiteradamente las visitas, el otro puede acudir ante la comisaría de familia o un juzgado para solicitar el cumplimiento forzado del acuerdo.

Recomendaciones para los padres

  • Anteponer siempre el bienestar emocional del menor.
  • Ser flexibles y comunicativos con los cambios de horario.
  • Evitar discutir o generar conflictos frente al niño.
  • Formalizar todos los acuerdos por escrito y con validez legal.

En INTEGRITY LEGAL, somos abogados expertos en derecho de familia tanto en Colombia como en Miami. Si necesitas asesoría para establecer un régimen de visitas justo y equilibrado, contáctanos. Estamos listos para ayudarte a proteger los derechos de tus hijos y mantener una relación sana entre padres e hijos.

 

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Información Adicional

Aspecto Descripción + Info
Frecuencia de visitas Se pueden establecer semanalmente, quincenalmente o según disponibilidad. + Info
Visitas durante vacaciones Se reparten equitativamente entre ambos padres, usualmente por mitades. + Info
Autorización para salir del país Requiere permiso notariado del otro progenitor o autorización judicial. + Info
Modificación del régimen Procede por acuerdo mutuo o por decisión judicial ante un cambio sustancial. + Info
Incumplimiento del régimen Puede generar sanciones legales y acciones ante la comisaría o juez de familia. + Info
Forma de establecer el régimen Por conciliación extrajudicial o por decisión judicial si no hay acuerdo. + Info
Participación en fechas especiales Puede acordarse la alternancia en cumpleaños y celebraciones importantes. + Info
Contacto virtual Puede incluirse como complemento al régimen presencial, especialmente a distancia. + Info

Preguntas Frecuentes

Sí, es recomendable formalizarlo legalmente para evitar conflictos y proteger los derechos del menor y de los padres.

Sí, cualquier cambio importante puede justificar una modificación del régimen, siempre que se priorice el bienestar del menor.

Puedes acudir a la comisaría de familia o al juzgado para solicitar el cumplimiento forzado o modificar el acuerdo.

Solo con una razón justificada. Si no hay acuerdo, se debe solicitar autorización judicial.

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