En Colombia, la sociedad conyugal es una figura legal que surge automáticamente al contraer matrimonio civil y que regula la administración de los bienes adquiridos durante la unión. Sin embargo, muchas personas desconocen qué ocurre con las donaciones y herencias recibidas por uno de los cónyuges dentro del régimen. ¿Pasan a formar parte del patrimonio común? ¿Son bienes propios? En este artículo resolvemos estas dudas clave.
¿Qué es la sociedad conyugal?
La sociedad conyugal es la comunidad económica que se forma entre los cónyuges cuando contraen matrimonio civil, donde los bienes adquiridos durante la unión, a título oneroso (compra, permuta, etc.), se consideran parte del patrimonio común. Esta figura no aplica automáticamente en uniones maritales de hecho, salvo que se declare y se configure una sociedad patrimonial.
Bienes excluidos de la sociedad conyugal
No todos los bienes hacen parte de la sociedad conyugal. El Código Civil colombiano establece claramente que los bienes adquiridos a título gratuito —como las herencias y donaciones— no ingresan a esta comunidad. Son considerados bienes propios de quien los recibe.
Esto significa que si uno de los esposos hereda una propiedad o recibe una donación durante el matrimonio, ese bien no se reparte en caso de disolución de la sociedad conyugal.
¿Qué sucede si el bien heredado o donado se mezcla con bienes comunes?
Es importante tener en cuenta que si el bien heredado o donado se transforma, se vende o se invierte en bienes que sí hacen parte de la sociedad conyugal (por ejemplo, usar una herencia para comprar un apartamento a nombre de ambos), puede perder su carácter de bien propio. En estos casos, se podría generar una controversia legal, y será necesario probar el origen exclusivo del recurso para reclamarlo como bien propio.
¿Qué pasa en caso de liquidación de la sociedad?
Cuando la sociedad conyugal se disuelve, ya sea por divorcio, muerte o nulidad, se hace un inventario y avalúo de los bienes comunes. Los bienes propios, como las herencias y donaciones, no entran en este reparto. Sin embargo, si generaron frutos o rendimientos (como alquileres), estos sí podrían entrar en el inventario si fueron producidos durante la vigencia de la sociedad.
Herencias recibidas antes del matrimonio
Si una persona recibe una herencia o donación antes de casarse, ese bien tampoco entra a la sociedad conyugal, siempre y cuando no se haya transformado en un bien común o se haya registrado de manera conjunta.
Recomendación legal
Para evitar conflictos futuros, es recomendable dejar constancia clara del origen de los bienes recibidos por herencia o donación y procurar que no se mezclen con el patrimonio común. Además, se puede optar por capitulaciones matrimoniales para definir qué bienes ingresarán o no a la sociedad conyugal desde el inicio del matrimonio.
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Jimmy Jiménez
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