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Unión libre prolongada: cómo convertirla en sociedad patrimonial de hecho
Unión libre prolongada: cómo convertirla en sociedad patrimonial de hecho

Publicado el: 21 de octubre de 2025

Unión libre prolongada: cómo convertirla en sociedad patrimonial de hecho


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Jimmy Jiménez

En nuestro despacho Integrity Legal; contamos con especialistas, en todas las áreas del derecho, por lo cual podemos brindarte un servicio confiable y de gran calidad humana, atendiendo todos los inconvenientes que se puedan presentar en el diario vivir..


Unión libre prolongada: cómo convertirla en sociedad patrimonial de hecho

En Colombia, una unión libre o unión marital de hecho se forma cuando dos personas conviven de manera permanente, estable y notoria, sin estar casadas, pero con intención de formar una vida en común. Esta figura tiene reconocimiento legal siempre que la convivencia supere los dos años, conforme al artículo 1º de la Ley 54 de 1990.

¿Qué es una sociedad patrimonial de hecho?

Cuando la pareja en unión libre empieza a adquirir bienes durante su convivencia, y esta supera los dos años, puede configurarse una sociedad patrimonial de hecho. Es decir, una figura legal similar a la sociedad conyugal del matrimonio, donde los bienes obtenidos durante la unión se consideran comunes.

Sin embargo, esta sociedad no se presume automáticamente. Debe declararse o reconocerla judicial o notarialmente para que tenga efectos legales.

Requisitos para declarar la sociedad patrimonial

Para que una sociedad patrimonial sea reconocida en Colombia, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Existencia de una unión marital de hecho superior a dos años.
  • Prueba de la coexistencia y convivencia permanente.
  • Existencia de bienes adquiridos durante la convivencia.
  • Ausencia de matrimonio vigente con otra persona por parte de alguno de los convivientes.

¿Cómo convertir la unión libre en sociedad patrimonial?

Existen dos caminos para formalizar la sociedad patrimonial:

1. Por escritura pública

Si ambas partes están de acuerdo, pueden acudir a una notaría y suscribir una escritura pública donde declaren la existencia de la sociedad patrimonial. Esta declaración voluntaria tiene efectos inmediatos, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales.

2. Por sentencia judicial

Si una de las partes no está de acuerdo, la otra puede acudir ante un juez de familia para solicitar el reconocimiento de la sociedad patrimonial. La demanda debe presentarse dentro del año siguiente a la finalización de la unión o antes de la muerte de uno de los convivientes.

Diferencia entre sociedad patrimonial y sociedad conyugal

Aunque son similares en cuanto al reparto de bienes, la sociedad conyugal nace automáticamente con el matrimonio (salvo capitulaciones), mientras que la sociedad patrimonial debe ser reconocida expresamente. Además, las normas que regulan cada figura son distintas.

¿Qué beneficios tiene reconocer la sociedad patrimonial?

  • Permite la división legal de bienes adquiridos durante la unión.
  • Da derecho a una porción conyugal en caso de fallecimiento de uno de los convivientes.
  • Facilita el acceso a beneficios en pensión de sobrevivientes.
  • Protege económicamente al conviviente más vulnerable.

Convertir una unión libre prolongada en una sociedad patrimonial de hecho es un paso crucial para garantizar los derechos económicos de ambos miembros de la pareja. Es importante contar con asesoría legal para evitar futuras disputas y proteger el patrimonio construido en común. En Integrity Legal, somos abogados en Miami y Colombia, y podemos ayudarte a formalizar tu situación patrimonial conforme a la ley colombiana.

 

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Información Adicional

Unión marital de hecho Sociedad patrimonial de hecho + Info
Requiere convivencia estable y pública por más de 2 años Surge cuando hay bienes adquiridos durante la unión + Info
No genera efectos patrimoniales automáticamente Debe ser declarada para tener efectos legales + Info
No requiere acuerdo ni trámite formal para su existencia Puede declararse por escritura pública o vía judicial + Info
Protege derechos personales y familiares Protege derechos económicos sobre bienes adquiridos + Info
No otorga derecho automático a herencia Da derecho a porción conyugal en caso de fallecimiento + Info

Preguntas Frecuentes

Debe existir una convivencia continua y notoria de al menos dos años.

No es obligatorio, pero sí necesario si se quiere que tenga efectos legales. Puede hacerse por notaría o por vía judicial.

El otro puede acudir ante un juez de familia para solicitar su reconocimiento mediante sentencia.

Sí, da derecho a una porción conyugal en caso de fallecimiento del otro conviviente.

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