En Colombia, la unión marital de hecho es una figura legal que reconoce a las parejas que conviven sin estar casadas, siempre que cumplan ciertos requisitos. Una de las preguntas más comunes que surge es: ¿qué pasa con la herencia cuando uno de los miembros de la pareja fallece? En este artículo te explicamos los derechos sucesorales del compañero o compañera permanente.
¿Qué es una unión marital de hecho?
La unión marital de hecho es una relación estable y permanente entre dos personas, sin importar su sexo, que han convivido por más de dos años con ánimo de formar una familia. No se requiere contrato ni matrimonio, pero sí es posible y recomendable declararla legalmente, ya sea mediante escritura pública ante notaría o por decisión judicial.
¿Tiene derechos de herencia el compañero permanente?
Sí. La legislación colombiana reconoce que el compañero o compañera permanente tiene derechos sucesorales equiparables a los del cónyuge, siempre que la unión haya sido declarada. En caso de fallecimiento de uno de los miembros, el sobreviviente puede heredar, pero debe cumplir con los siguientes requisitos:
1. Existencia de la unión marital de hecho
Para acceder a la herencia, es indispensable demostrar la existencia de la unión marital. Esto puede hacerse de dos formas:
- Declaración notarial: si ambas partes están de acuerdo, pueden acudir a una notaría para dejar constancia de la unión mediante escritura pública.
- Declaración judicial: si hay controversia, se puede iniciar un proceso ante un juez de familia.
2. Sociedad patrimonial vigente
Además de la unión marital, debe probarse que existió una sociedad patrimonial durante la convivencia. Esta figura implica que los bienes adquiridos en ese tiempo son propiedad común. La sociedad patrimonial puede liquidarse junto con la sucesión para establecer los derechos del sobreviviente.
3. Herencia sin testamento
Si la persona fallecida no dejó testamento, se abre una sucesión intestada, en la que el compañero permanente entra a heredar en el mismo orden que los hijos y otros herederos forzosos.
Si hubo testamento, el compañero puede ser beneficiado como heredero siempre que no se vulneren los derechos de los herederos forzosos (como los hijos).
¿Qué pasa si no se ha declarado la unión?
Sin una declaración formal de la unión marital de hecho, el compañero sobreviviente no tiene derechos automáticos sobre la herencia. En ese caso, deberá iniciar un proceso judicial para que se le reconozca la unión, lo cual puede demorar y generar conflictos con otros herederos.
Recomendaciones legales
- Declarar la unión lo antes posible ante notaría para garantizar seguridad jurídica.
- Formalizar la sociedad patrimonial para proteger los bienes adquiridos durante la convivencia.
- En caso de fallecimiento de la pareja, acudir de inmediato a un abogado para tramitar la sucesión.
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