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Cómo se liquidan los bienes en una unión marital de hecho
Cómo se liquidan los bienes en una unión marital de hecho

Publicado el: 15 de octubre de 2025

Cómo se liquidan los bienes en una unión marital de hecho


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Jimmy Jiménez

En nuestro despacho Integrity Legal; contamos con especialistas, en todas las áreas del derecho, por lo cual podemos brindarte un servicio confiable y de gran calidad humana, atendiendo todos los inconvenientes que se puedan presentar en el diario vivir..


Cómo se liquidan los bienes en una unión marital de hecho

En Colombia, la unión marital de hecho es reconocida legalmente como una forma válida de convivencia entre dos personas que no están casadas, pero que comparten una vida en común. Esta figura jurídica genera efectos patrimoniales similares a los del matrimonio, siempre y cuando cumpla ciertos requisitos establecidos por la ley. Uno de los aspectos más relevantes para quienes conviven bajo esta modalidad es la liquidación de bienes al momento de la disolución de la unión.

¿Qué es la unión marital de hecho?

La unión marital de hecho es la convivencia permanente y singular entre dos personas que comparten vida en común, con la intención de formar una familia, por un tiempo mínimo de dos años. Esta puede ser entre parejas heterosexuales u homosexuales y genera la sociedad patrimonial si no existe impedimento legal para casarse.

Para que se reconozca legalmente, debe existir una declaración judicial o escritura pública ante notario, a través de la cual se formalice la existencia de la unión y, si corresponde, se establezca la sociedad patrimonial derivada de esta.

¿Qué es la sociedad patrimonial?

La sociedad patrimonial es similar a la sociedad conyugal en el matrimonio. Se constituye automáticamente después de dos años de convivencia continua, salvo que las partes hayan acordado expresamente no conformarla. Esta sociedad incluye los bienes adquiridos durante la convivencia que son producto del trabajo, industria o esfuerzo común.

¿Cuándo se liquida la sociedad patrimonial?

La sociedad patrimonial se liquida en los siguientes casos:

  • Por la terminación de la convivencia.
  • Por el fallecimiento de uno de los compañeros permanentes.
  • Por decisión judicial o notarial que declare la disolución.
  • Por matrimonio entre los compañeros permanentes.

¿Cómo se liquida?

  1. Inventario de bienes y deudas: Se identifican todos los bienes adquiridos durante la unión que son susceptibles de ser parte de la sociedad patrimonial, así como las deudas comunes.
  2. Valoración de bienes: Se asigna un valor económico a cada bien, con base en avalúos comerciales o peritajes si es necesario.
  3. Acuerdo entre partes o decisión judicial: Si hay acuerdo entre los compañeros, se puede realizar la liquidación mediante escritura pública ante notario. En caso de desacuerdo, un juez de familia definirá la distribución.
  4. Reparto equitativo: Los bienes se reparten por mitades, salvo prueba en contrario que demuestre aportes desiguales.

¿Qué bienes no hacen parte?

No entran en la sociedad patrimonial:

  • Bienes adquiridos antes de iniciar la unión.
  • Herencias o donaciones recibidas durante la convivencia.
  • Bienes adquiridos con recursos propios de uno de los compañeros si se prueba su origen.

Importancia de formalizar la unión

Legalizar la unión marital de hecho facilita la protección patrimonial y los derechos sucesorales. Es recomendable hacerlo por medio de escritura pública o declaración judicial, lo que permite evitar conflictos futuros en caso de separación o fallecimiento.

En INTEGRITY LEGAL, somos abogados especializados en derecho de familia en Colombia y en Miami, y te asesoramos en la legalización, disolución y liquidación de sociedades patrimoniales derivadas de uniones maritales de hecho.

 

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Información Adicional

Aspecto Detalle + Info
Tiempo mínimo para formar sociedad patrimonial 2 años de convivencia continua y singular + Info
Formalización de la unión Escritura pública ante notario o declaración judicial + Info
Bienes que integran la sociedad Adquiridos durante la unión por trabajo o esfuerzo común + Info
Exclusiones patrimoniales Bienes anteriores, herencias, donaciones, bienes adquiridos con recursos propios + Info
Formas de liquidación Por acuerdo ante notario o por decisión judicial + Info
Participación en los bienes Por regla general, 50% para cada compañero permanente + Info

Preguntas Frecuentes

Después de dos años de convivencia continua y singular, salvo pacto en contrario.

Solo los adquiridos durante la unión por esfuerzo común o trabajo de los compañeros.

No, si hay acuerdo, puede hacerse ante notario mediante escritura pública.

No se reconocen efectos patrimoniales ni derechos sucesorales automáticamente.

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