La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante la sentencia STC10720-2025, resolvió una tutela que pone fin a la controversia sobre la exigencia de un llamado "certificado especial" en las demandas de pertenencia de inmuebles. Esta decisión, con efectos directos sobre la práctica judicial en Colombia, establece parámetros claros y refuerza el principio de acceso efectivo a la justicia.
¿Qué se discutía en el caso?
El ciudadano Alfonso Latorre Torres interpuso una acción de tutela contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Tunja, que había rechazado su demanda de prescripción extraordinaria de dominio por no haber aportado un “certificado especial de titulares de derechos reales”. Sin embargo, el actor ya había anexado un certificado de libertad y tradición que contenía la información requerida por la ley.
El tribunal de segunda instancia también respaldó el rechazo inicial, considerando que dicho certificado especial era indispensable y no podía ser sustituido por el de libertad y tradición.
La posición de la Corte Suprema
La Corte dejó sin efectos la providencia que rechazó la demanda y concedió el amparo al debido proceso. En su análisis, recordó que el numeral 5 del artículo 375 del Código General del Proceso exige adjuntar un certificado del registrador de instrumentos públicos con los titulares de derechos reales principales, pero no menciona en ninguna parte un “certificado especial” distinto al certificado de tradición.
De hecho, la Corte evidenció que esta exigencia constituye un exceso ritual manifiesto, al desconocer que el certificado de libertad y tradición cumple con los requisitos legales cuando identifica de manera clara al titular del derecho, los linderos y la situación jurídica del predio.
Efectos de esta decisión
El fallo tiene implicaciones prácticas importantes para los procesos de pertenencia en Colombia. La Corte estableció que:
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No es necesario un certificado adicional si el de libertad y tradición contiene toda la información exigida por la ley.
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Los jueces no pueden imponer cargas procesales que no están previstas expresamente en la normativa.
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El acceso a la justicia no debe verse restringido por formalismos innecesarios que afecten el derecho de defensa o el principio de primacía del derecho sustancial.
Esta sentencia refuerza el respeto a los derechos fundamentales en los procesos civiles y busca evitar que interpretaciones restrictivas de la ley obstaculicen el ejercicio del derecho a la propiedad. En INTEGRITY LEGAL, apoyamos a nuestros clientes con argumentos sólidos y conocimiento profundo del sistema jurídico colombiano y estadounidense.
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